Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara:
Primero: Procedente la medida de amparo constitucional cautelar solicitada por IENCA INVERSIONES C.A., y, en consecuencia, se suspenden los efectos de la providencia administrativa Nº 149 de fecha 27 de enero de 2017 dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE DERECHO INDIVIDUAL y RECLAMOS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, NAGUANAGUA, SAN DIEGO, LIBERTADOR, BEJUMA, MONTALBAN, MIRANDA y CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO, en el expediente administrativo 069-2016-03-01438, con motivo del reclamo por incumplimiento de pago de días feriados planteado por el ciudadano JOSE VICENTE REQUENA MONTENEGRO.En consecuencia, se ordena la suspensión de toda medida administrativa de multa, o su ejecución, así como cualquier otra .....