En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
CON LUGAR el recurso de Hecho interpuesto por la Abogada LUISA ELENA MENDOZA SEQUERA, con el carácter de Apoderada judicial de la demandada, al lograr demostrar sus alegatos. Y así se decide.
REVOCA el auto de fecha 11 de noviembre de 2011, mediante la cual el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello, Negó la apelación contra auto de fecha 03 de noviembre de 2011, por extemporáneo. Y así se decide.-
ORDENA, al Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Ca.....