DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL RECURSO INTENTADO por la parte recurrente contra la sentencia de fecha 03 de Agosto del año 2006, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el Juicio que por Prestaciones Sociales incoare el ciudadano FRANCESCO BRACAGLIA MAGNANI contra la sociedad de comercio " VILLA ETRUSCA RISTORANTE C.A,
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los seis (06) días del mes de Octubre del año 2006. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.