Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por la abogado ANYELIT KARINA PINZON MORENO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 156.130, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LORENA LUISA ORTEGA DAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-15.652.214, según consta en poder apostillado, N°25-05406, de fecha 4 de abril de 2025, Nashville, Tennessee, Estados Unidos en contra del ciudadano JOSE VICENTE BORGES PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-18.411.224 y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ant.....