CON LUGAR el recurso de Apelación ejercido por la accionada.
 	Se revoca el auto de fecha 26 de abril de 2005, y el decreto de embargo ejecutivo de la misma fecha.  
 	Se repone la causa al estado de que el A-quo proceda a la designación de los dos expertos, para que  revisen conjuntamente con el Juez A-quo, lo concerniente a los límites de la experticia, de acuerdo a lo  preceptuado  en el último aparte del artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.
 	Queda en estos términos revocado el auto recurrido y el decreto de embargo ejecutivo.