CON LUGAR el recurso de Apelación ejercido por la accionada.
Se revoca el auto de fecha 26 de abril de 2005, y el decreto de embargo ejecutivo de la misma fecha.
Se repone la causa al estado de que el A-quo proceda a la designación de los dos expertos, para que revisen conjuntamente con el Juez A-quo, lo concerniente a los límites de la experticia, de acuerdo a lo preceptuado en el último aparte del artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.
Queda en estos términos revocado el auto recurrido y el decreto de embargo ejecutivo.