´INADMISIBLE por la falta de cualidad del demandado; en la demanda de COBRO DE BOLÍVARES, intentado por la abogada MARINÉS VICIOSO ABACHE, venezolana, mayor de edad, titular de las cedula de identidad Nro. V-18.043.236, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 199.952, apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil CASA DE REPRESENTACIÓN ADN MEDICAL, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 16 de agosto de 2017, bajo el Nro. 42, tomo 144-A 314, debidamente representada por la ciudadana MONICA JOSEFINA ARIAS HERRERA en su carácter de Directora en CONTRA de la Sociedad Mercantil DROGUERIA ALIVAN, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 06 de Junio de 2019, bajo el Nro. 30, tomo 69-ARM314, debidamente representada por los ciudadanos ALI PASTOR RICARDO SOTO RODRIGUEZ e IVAN JOSE SUMOZA MONTERO, venezolanos, mayores de ed.....