AUTO DE IMPULSO PROCESAL
Por cuanto este Tribunal observa que no fue consignada la Copia Certificada de documento de propiedad del inmueble objeto del presente litigio, ni la certificación de gravamen de los últimos diez años, este Juzgado a los fines de pronunciarse sobre la admisión de la demanda y la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar solicitada, insta a la parte actora consigne Copia Certificada del Documento de propiedad, así como también la certificación de gravamen de los últimos diez años del inmueble plenamente identificado en autos.