En orden a lo anteriormente señalado, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley declara:
DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el abogado CLAUDIO LANER, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, EMPRESA DE CONSTRUCCIONES BENVENUTO BARSANTI, S.A. EMBARSA, de conformidad con la diligencia suscrita y en consecuencia se procede como sentencia pasada por Autoridad de Cosa Juzgada. Y así se decide.
CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de Puerto Cabello. Y así se decide.
ORDENA remitir el presente asunto al Tribunal de Origen a los efectos legales pertinentes. Líbrese Oficio.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. DÉJESE COPIA PARA EL ARCHIVO.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripció.....