DECLARA: HOMOLOGADO EL ACUERDO SURGIDO ENTRE LAS PARTES, , relativo a el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoado por GRISELA BERRIOS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 12.317.945 PARTE DEMANDANTE, en contra de HOTELERA EL RECREO, C.A., PARTE DEMANDADA, , en consecuencia la presente homologación tiene efecto de cosa Juzgada. Se acuerda liberar las cantidades que se encuentran consignadas en la oficina de control de consignaciones de este circuito judicial a favor de la demandante y se ordena librar oficio a la Oficina De Control De Consignaciones De Este Circuito Judicial a fin de que se haga entrega de lo consignado a favor de la demandante. Librese el oficio.