En fuerza de las anteriores consideraciones este Tribunal Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara CON LUGAR la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por el ciudadano PEDRO ALEJANDRO GIRON OLIVEROS representada por el Abogado JUAN VICENTE ARCINIEGA ARNAO contra la Sociedad de Comercio SERDIVAL C.A todos ya identificados. En consecuencia se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito en fecha 01 de enero del 2.003 entre las partes y en razón de ello se condena a la demandada a entregar a la parte actora el inmueble arrendado constituido por un (1) local ubicado en la prolongación de la Avenida Michelena, Parcela F-6, Urbanización Industrial Carabobo, en esta ciudad Valencia del Estado Carabobo, totalmente desocupado. Se condena asimismo a la demandada al pago de la cantidad de UN MILLON NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 1......