DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente GENERAL MOTORS VENEZOLANA C.A
SEGUNDO: SE CONFIRMA la Sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en fecha 03 de junio del 2015.
TERCERO: SE ANULA la Providencia Administrativa Nº 001.529-, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Valencia, Parroquias: El Socorro, Santa Rosa, La Candelaria, Miguel Peña, Municipios: Libertador, Bejuma, Montalbán, Miranda y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, en fecha 10 de julio 2007, mediante la cual se declaró Sin Lugar la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por el ciudadano ELIASIB ENRIQUE MARTINEZ , titular de la c.....