Vista la apelación efectuada por la doctora MARJORIETH YETSABETH SALAZAR VASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 121.532, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia con carácter de definitiva, de fecha 25 de junio de 2008, dictada en la presente causa, este tribunal de conformidad con el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con los artículos 288, 290 y 294 del Código de Procedimiento Civil, la oye en ambos efectos y se acuerda remitir el presente expediente al Juzgado Superior Segundo con competencia en los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes con oficio, a fin de que conozca como Tribunal de alzada de la apelación interpuesta. Ofíciese lo conducente.-