declara CON LUGAR la solicitud de únicos y universales herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos: MARÍA FERMINA MOLINA PEREIRA, KELVIN JOSÉ REYES MOLINA y AMADO JESUS REYES MOLINA plenamente identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus: AMADO JESÚS REYES quien era mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 4.588.438, quien falleció ab-intestato, el día veintiuno (21) de octubre de 2024, según consta de copia certificada de acta de defunción Nº 317, Tomo II, Folio 067; año 2024 emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Carabobo. Y así se decide.
Devuélvanse las resultas a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia en PDF.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, .....