Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara con Lugar la Demanda de Partición de Comunidad, interpuesta por el ciudadano Ruggiero Suppa Corcella, contra la ciudadana Adriana Zunilde Suppa Peñate, antes identificados. En consecuencia, se emplazan las partes para el acto de nombramiento del partidor, que tendrá lugar el décimo día de despacho siguiente al presente a las 10:00 de la mañana. Dicha partición versará sobre los siguientes bienes inmuebles: PRIMERO: Una casa con su terreno propioque tiene una superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 mts2), situada entre la calle 16 y 17 y avenida 53 y 54 parcela 7 y 12 de la manzana 14 del Municipio Juan José Flores, Distrito Puerto Cabello, comprendido dentro de .....