´Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano Richard José Arteaga Escalona, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 7.124.202, asistido por la abogada Nelida Morillo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº. 39.933.
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Richard José Arteaga Escalona y Yashira Lisbeth Aguilera Rosendo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.- 7.124.202 y V.- 13.956.315, respectivamente, en fecha 14 de septiembre de 2018, por ante la Oficina de .....