En consecuencia visto y revisados todos y cada unos de los conceptos reclamados por la actora en su escrito libelar, y en virtud de haberse acordados tales conceptos; este Juzgado Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, Declara parcialmente Con Lugar La Demanda, incoada por el ciudadano, HERVIN MIGUEL GONZALEZ PEREIRA ya identificado, , en contra de la ENTIDAD DE TRABAJO ELITE CARGA C.A y solidariamente al ciudadano DURVIN ALFONZO PEÑA BRICEÑO, titular de la cedula de identidad No. V-11.103.358, Como corolario ambos conjuntamente deberá cancelar al trabajador la cantidad de TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES CON SEIS CENTIMOS (Bs. 38.229,06 45), mas lo que resulte de la experticia complementaría del fallo, ASI SE DECLARA
En virtud ser declarada con lugar la presente demanda se condena en costa a las partes co-demandas