DECISION
En orden a los razonamiento antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en Sede Constitucional, administrado justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de amparo incoada por la ciudadana Ligia Gandica Duque, plenamente identificada en los autos y en consecuencia ordenó a partir del día 2 de noviembre del año en curso, restituirla a su puesto de trabajo, que lo es conserje del edifico ¿Chichiriviche¿ ubicado en la urbanización Trigal Centro, de esta ciudad de Valencia Estado Carabobo, quien continuara prestando sus servicios y hasta tanto sea resuelta y con sentencia definitivamente firme la solicitud de calificación de despido, incoada por ante la Inspectoría del Trabajo del Municipio Valencia del Estado Carabobo, y cuyo procedimiento consta en copia certificada en el expediente desde el folio 101 al 117 ambos inclusi.....