Se dicta decisiòn en la cual conforme al artículo 47 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, ampliar por una sola vez el lapso de prueba por UN (01) AÑO MÁS, contados a partir de la fecha 05/10/2017, en tal sentido esta Juzgadora le ratifica de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal