Vista la solicitud realizada, mediante la distribución Nº 0970, por los ciudadanos MARIN PAZANIN y BEATRIZ ANGARITA DE PAZANIN, asistido por la abogada DEYCIS DILIANA RAMIREZ RODRIGUEZ, contentiva de la solicitud de TITULO SUPLETORIO. En consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición expresa de la ley, se acuerda darle entrada, admitirla, asignarle numero y anotarla en los libros respectivos cuanto a lugar en derecho, haciéndole saber a la parte interesada que deberá comparecer junto a dos (2) testigos el día y hora, indicado por secretaría, para su evacuación. Asimismo se acuerda habilitar todo el tiempo que sea necesario. Cúmplase con lo ordenado.