Este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio, de los ciudadanos MIGUEL ANTONIO ACEVEDO ANAYA y AIXA CAROLINA MOHAMMED DE ACEVEDO, ya identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el 07 de Abril de 1989, por ante el Registro Civil de la Parroquia Tocuyito, Municipio Libertador del Estado Carabobo, según consta en Acta Nº114, de misma fecha. Así se Decide.