Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
INCOMPETENTE para conocer el presente Recurso de Nulidad, interpuesto AISKEL ANA DEL MAR CHIRINOS LEÓN, titular de la cédula de identidad Nros. V-12.317.063, actuando en el carácter de Presidenta de la sociedad mercantil LA TIENDITA DE TODAS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 25 de junio de 1999, bajo el N° 68, Tomo 31-A, asistida por el abogado ULISIS SAUL LANDAETA ODREMAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 36.411, interpuso Recurso de Nulidad, contra la providencia administrativa N° 227 de fecha 09 de junio de 2003, emanada de la ciudadana INSPECTORA JEFE DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS AUTÓNOMOS VALENCIA, LIBERTADOR, SAN DIEGO, NAGUANAGUA, LO.....