VI
DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, a los fines de dictar sentencia considera después de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente y administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano VICTOR MANUEL BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.799.273, mediante apoderado judicial Abogado JESUS LEON, inscrito en el inpreabogado bajo el No 24.276, contra el ciudadano LUIGGI FELICIONE, titular de la cedula de identidad Nº E-81.341.329; por EXTINCION DE HIPOTECA. SEGUNDO: Se declara prescrito el crédito y extinguida la hipoteca de segundo.....