Es evidente para el Juez que el recurso de hecho debe interponerse ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, por lo cual se declara INCOMPETENTE y declina la competencia en dicha Sala. Así se decide.
Con el objetivo de que la Sala tenga pleno conocimiento de todas las incidencias de los procedimientos seguidos en el Tribunal en la presente causa, el Juez ordena remitir copia certificada del expediente n° 3202 contentivo del recurso de nulidad y del cuaderno de medidas Así también se declara.