Este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INSUFICIENTE el monto que la accionada, C.A. ESCULAPIO, consignó por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial con motivo de la persistencia en el despido injustificado recaído sobre el accionante, JULIO CESAR FLORES.
En consecuencia, se ordena a la empresa C.A. ESCULAPIO, a pagar al accionante la suma de TREINTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y DOS CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 38.172,40) que comprende los conceptos a que se contraen los literales a, b y c del capítulo IV del presente fallo.