Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil formulada por los ciudadanos RICHARD EDUARDO HERNANDEZ e YNES CAROLINA COLMENARES DELGADO, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V- 11.368.760 y V- 11.368.219 respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo Matrimonial que los unía desde el día 03 de abril de 1993, fecha en la cual contrajeron Matrimonio por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Jose Tadeo Monagas, Parroquia Altagracia de Orituco del Estado Guarico, según Acta de Matrimonio N° 46, folio 50 Fte, Tomo I, Año 1993.
En cuanto a los bienes, los solicitantes.....