JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Mariara 05 de Marzo de 2014
203° Y 155°
Vista la anterior solicitud, presentada en fecha 05 de Febrero del 2014 por los ciudadanos: CAMPOS VILLASMIL KATIUSKA JOSEFINA Y VILLEGAS GUEVARA OVIDIO ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 11.989.901 y V- 15.767.821, respectivamente y de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio ANDY MILLER SALAZAR LISCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 214.161. Désele entrada asígnele numero, anótese en el libro respectivo, en consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni a ninguna disposición expresa de la ley, SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho, la presente solicitud contentiva de DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL (DIVORCIO) 185-A, en tal sentido y cumpliendo con las disposiciones legales se ordena Notificar AL FISCAL ESPECIAL PARA LA PROTECCION DE.....