DISPOSITIVA
En razón de todas las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme al artículo 149 de la Ley Orgánica del Registro Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud por RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana MARIANGEL JARDIN GUEVARA, Venezolana, mayor de edad, NO CEDULADA, según acta de nacimiento N° 240, Año: 2.007, Tomo: I, de fecha 22 de enero del año 2.007 expedido por la Oficina de Registro Civil del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, debidamente asistida por los Abogados MARIA EMILIA SILVA QUINTERO y LUIS AMERICO PEREZ ROJAS adscritos a la Defensa Publica en Materia Civil, Mercantil y Transito del Estado Carabobo.
SEGUNDO: Se ordena rectificar el.....