REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 05 de Febrero de 2019
208º y 159º
Por recibida la anterior solicitud de MEDIDA ASEGURATIVA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROPRODUCTIVA, presentada por el abogado FRANCIS SAÚL FRANCO SANOJA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.867.023 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo el Nº 22.286 actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil ADD & TECH, C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo del estado Carabobo, en fecha 18 de noviembre de 2008, bajo el Nº 15, Tomo 96-A; constante de un (01) folios útil y veintiocho (28) anexos. Désele entrada y el curso de ley correspondiente
El Juez
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La Secretaria,
ABG. MELDRY CASTILLO
En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº JAP-404-2019.
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