se declara SIN LUGAR las excepciones interpuestas por la Defensa técnica del ciudadano MAURO BAPTISTA MARTINEZ, mediante escrito consignado en fecha 17.10.2016, al momento de realizar oposición al escrito acusatorio, toda vez que el escrito acusatorio cumple con los requisitos exigidos en el articulo 308 numerales 2, 3 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: SIN LUGAR la revisión de la medida que pesa sobre el ciudadano MAURO BAPTISTA MARTINEZ, toda vez que las circunstancias que dieron lugar a dicha medida, no han variado y por cuanto existen fundamentos serios que comprometen la responsabilidad al acusado, y por tratarse de delitos de naturaleza sexual el cual compromete la indemnidad sexual de las adolescentes víctima de autos.