III
DECISION
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo del Municipio Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia, en el juicio por Cobro de Bolívares (Procedimiento por Intimación), seguido por el abogado Geomar Díaz, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-7.168.423, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 30.677, actuando en su carácter de Endosatario por Procuración del ciudadano Fermín Perdomo, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-16.909.342, y de este domicilio, contra el ciudadano Luis Méndez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-992.052; y así se declara.
Notifíquese a la parte intimante de la presente decisión median.....