Frente a dichos alegatos este Juzgador en su labor produjo una minuciosa revisión del expediente, en la que se evidencia de los documentos constitutivos estatutarios de las referidas empresas (demanda) y (presunta sustituta); que en cuanto a la integración de sus accionistas inclusive para el momento de la interposición de la demanda y en su trámite procesal, que se trata de personas totalmente diferentes, de allí tenemos que en el caso de la empresa demandada VIPRISERCA; los socios accionistas son los ciudadanos LEONARDO FIORE MASTROPASQUA y GIUSEPPE ANTONIO FIORE MASTROPASQUA; en el caso de la empresa VIDINCA, los socios accionistas son los ciudadanos FRANCISCO DI BERARDINO RANALLI y SABATINA BETIS FIORE MASTROPASQUA de DI BERARDINO (esta última aunque con apellido común con los socios accionistas de la empresa VIPRISERCA, no se demostró que tuviera relación accionaria con esta); lo que adminiculado al hecho expuesto por la notificada en el acto de ejecución de la Sentenci.....