Por las consideraciones precedentemente anotadas, este Juez de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Estado Carabobo actuando en función de Ejecución administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA el RÉGIMEN ABIERTO al penado HILDE RAFAEL OLLARVES, titular de la cédula de identidad número V- V-9.922.876, a tenor de lo previsto en el articulo 512 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Orden de Captura y remítase copia certificada de la presente decisión a la Dirección de Custodia y Rehabilitación al Recluso del Ministerio del Interior y Justicia, Caracas, al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, División de Captura, Caracas y a la Sub-Delegación Carabobo. Notifíquese al Ministerio Publico y a la Defensa. Líbrese oficio al Centro de Tratamiento Comunitario señalado haciendo de su conocimiento la presente decisión. Diarícese, regístrese y déjese copia debidamente certificada.
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