En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana MARIA ELENA ABREU, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.830.247 y de este domicilio, asistido por la abogada MARIA MARTINA SALAS B, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 161.084, Funcionario Público adscrito al programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia, contra el ciudadano CARLOS LUIS ESPINOZA MERCADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.683.262. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 27 de mayo de 2005, por a.....