Por todo lo expresado; este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, peticionado por el abogado en ejercicio JESUS ANTONIO PEÑA GONZALEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 214.502, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YANIRETH VIRGINIA VIVAS MEDRANO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.688.143, en contra del ciudadano WILLIAN RAMON GUILLEN, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.387.441, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles y lo tiene como Sentencia pasada con autoridad de .....