DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción interpuesta por el ciudadana NURAIMA ROSA ORTIZ, titular de la cedula de identidad Nº 8.599.890, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO ESTADO CARABOBO. Y así se decide.
En consecuencia se ordena a la parte demandada pagar a la parte accionante, la cantidad total de Veinticuatro Mil Trescientos Diecisiete Bolívares con Trece Céntimos (Bs. 24.317,13), además lo que resulte de experticia complementaria que se ordena a tal efecto en relación a los intereses de mora; y a la corrección monetaria respectivamente, la cual es ordenada por este Tribunal, y practicada por un experto nombrado por el juez de ejecución; en cuanto a los intereses de mora y a la.....