En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO, PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano PEDRO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad número: 7.150.3437, en su carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN CIVIL CENTRO SOCIAL LATINO debidamente asistido por el abogado VICTOR MANUEL GARCIA. Así se establece.
SEGUNDO, MODIFICA, la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 31 de enero de 2012 que declaró parcialmente con lugar la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales legales, planteada por la ciudadana MARIA ENCARNACION MALPICA, contra la ASOCIACION .....