IMPROCEDENTE la solicitud de confesión realizada por los abogados LUIS ARMANDO BETANCOURT GUTIÉRREZ y KARINA ANABEL NACIMIENTO GONCALVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-18.241.273 y V-21.215.952, respectivamente, inscritos en el instituto de previsión social del abogado bajo los Nros. 135.493 y 231.544, en su orden, parte demandante.