Concluye quien aquí decide, que el accionante, ciudadano José Domingo Ramírez, ya identificado asistido de abogado pretende a través de la presente acción de amparo, alegando supuestos que fueron revisados y apreciados por los Juzgados de causa y de alzada, buscando a través de este medio manifestar su inconformidad con el fallo pronunciado y de esa manera convertir este mecanismo procesal en una tercera instancia. Así las cosas, siendo las causales de inadmisibilidad de orden público, que pueden ser declaradas en cualquier grado del proceso, resulta forzoso para quien aquí decide, declarar que en el presente caso se encuentra incurso en la causal de inadmisibilidad contenida en el ordinal 5to. Del Artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, así se decide...".
Se hace necesario recordar a la parte demandada en esta causa y su apoderada judicial, que todos somos parte del sistema de justicia y estamos regidos por principios contenidos en nuest.....