que han llegado a la celebración de un acuerdo transaccional en el que la parte demandada; conviene en cancelar la suma de SEIS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES CON CERO CENTÍMOS Bs. F. 6.500; los cuales se cancelarán mediante instrumento cambiario a la orden del actor el día: 15 de mayo de 2009 por ante la URDD de este Tribunal. Presente como se encuentra la parte actora asistido por su apoderada judicial manifiesta que con el acuerdo de pago producido se da por terminado el presente procedimiento de cobro de Prestaciones Sociales Y SE DAN POR CANCELADOS LOS CONCEPTOS DEMANDADOS QUE son los siguientes; ANTIGÜEDAD, ANTIGÜEDAD ADICIONAL FRACCIONADA; VACACIONES FRACCIONADAS; BONO VACACINAL FRACCIONADO; UTILIDADES FRACCIONADAS; INTERESES SOBRE PRESTACIONES SOCIALES E INTERESES DE MORA; DIFERENCIA DE VACACIONES Y DE UTILIDADES; DIAS FERIADOS, DIAS DE DESCANSO; DIAS DOMINGO; INDEMNIZACION SUSTITUTIVA DEL PREAVISO; SALARIOS CAIDOS. Revisado como ha sido el acuerdo transacciona.....