En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
Declara DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JUAN RAFAEL MESA REYES, en su carácter de apoderado judicial de la demandada VENECIA SHIP SUPPLIERS C.A. VEPUCA, al no comparecer a la audiencia oral y publica. Y así se decide.
Ordena remitir el presente asunto al Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral de Puerto Cabello. Y así se decide.-
Publíquese. Regístrese. Déjese copia para el Archivo.
Dada, firmada y sellada en El Juzgado Superior Cuarto tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Car.....