JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara,  04 de Marzo de 2003.
193º y 145ª
	Tal como quedo establecido en acta de fecha: 13 de febrero de 2004, le corresponde a este Tribunal, resolver el asunto propuesto por las partes intervinientes en dicha acta, y de la revisión que hace éste Tribunal del expediente aprecia, que la ciudadana: MARIA ZENAIRA MARTINEZ, asistida del abogado: WILMER OVALLES, propuso tacha de falsedad por vía incidental de la diligencia suscrita por el Alguacil de este Tribunal, ciudadano: HUMERTO ENRIQUE SALAZAR, por las razones señaladas en esa oportunidad. Ahora bien, éste Juzgado estableció que previo a cualquier pronunciamiento, procedería a la resolución de la tacha propuesta  previo a cualquier  pronunciamiento. En tal razón, se evidencia de las actas, que a la presente fecha, ya han transcurrido los cinco (5) días de despacho siguiente al momento de la proposición de la tacha por vía incidental,  y el tacha.....