Ahora bien, de la revisión del documento consignado por la parte, de desprende que según la Providencia Administrativa N° FSAA-2-2-003453 de fecha 30 de agosto de 2013, emanada de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, publicada en la Gaceta oficial de la Republica bolivariana de Venezuela N° 40.248 de fecha 11 de septiembre de 2013, se acuerda sustituir de sus funciones a los administradores, a la junta directiva y a la asamblea de accionista de la empresa aseguradora SEGUROS LA INTERNACIONAL C.A., y de conformidad con lo establecido en el articulo 101 de la Ley de la Actividad Aseguradora, este Tribunal considera oportuno quién decide se SUSPENDER la presente causa. ASI SE DECIDE.-