En base a las precedentes consideraciones esta SALA N° 1 de la CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR la Apelación interpuesta por el ciudadano JAVIER ARMANDO BARRIENTOS a la cual se adhirió su abogado defensor GEHRINGER LARA ARMANDO. SEGUNDO: REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, en fecha 03 de junio de 1999, mediante la cual decretó la detención judicial del ciudadano JAVIER ARMANDO BARRIENTOS, de conformidad con lo establecido en al artículo 182 del Código de Enjuiciamiento Criminal, así como la decisión dictada por auto de fecha 01 de diciembre de 1999, mediante la cual se acordó el otorgamiento de medidas cautelares sustitutivas.
Regístrese, déjese copia, notifíquese a las.....