Se dictó auto decretando medida cautelar sustitutiva de libertad a los imputados PEDRO ALVAREZ, JOSÉ PEÑA y CÉSAR CABRERA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 ordinales 3,4 y 5 del COPP, se ordenó proseguir el procedimiento por la vía ordinaria y remitirlo en su oportunidad a la Fiscalía 5 del Ministerio Público.