En razón de lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del articulo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 269 ejusdem, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda que por INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, fuera intentada por Abogado ANGEL MARIA FERNANDEZ RUMBOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.053.838, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 14.011, actuando en su nombre propio, y de este domicilio, presento demanda por concepto de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, en contra del Ciudadano MIGUEL ANGEL DUBOULAY PEROZO, venezolano, mayor de edad y de est.....