IV
IV.1.- Todas estas situaciones señaladas anteriormente, evidentemente que podrían atentar contra normas constitucionales que garantizan a los justiciables una pronta decisión, un procedimiento breve y célere, sin dilaciones indebidas; con un debido proceso, eficaz, tendente a buscar justicia; en definitiva contra una tutela judicial efectiva y eficaz y un debido proceso, que los jueces estamos obligados a preveer, procurando impedir prácticas y actuaciones de las partes, reñidas con la lealtad y probidad que se deben las partes en el proceso. Todo ello en virtud de que en el caso de marras, los supuestos denunciados no cuentan con respaldo ni argumentación alguna, ni siquiera motivación o fundamentación legal.
IV.2.- Por todo lo antes expuesto, es que este Operador de Justicia, al considerar que la presente Recusación no cubre los parámetros legales que tanto la doctrina como la jurisprudencia han venido estableciendo, a.....