El Tribunal examinados los instrumentos fundamentales de la demanda, conformado por Facturas, las cuales constituyen uno de los instrumentos a que hace referencia el Artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado de conformidad con lo establecido en la citada disposición legal, decreta Medida de Embargo Preventivo sobre bienes muebles propiedad de la demanda da Sociedad Mercantil SERINTLOG, G & G, Servicios Integrados Logísticos, C.A., hasta cubrir la cantidad de SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 748.717,57), que comprende el doble de la cantidad demandada, cuyo monto asciende a la cantidad de TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE BOLÍVARES CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 325.529,38), más las costas judiciales que fueron calculadas en la cantidad de NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLÍVARES CON OCHENTA Y UN CENTIMOS (8s. 97.658,81), incluidos en esta suma los honorarios de .....