Por la razón anteriormente expuesta, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bejuma, Montalbán y Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido por los Artículos 12 y 341 del Código de Procedimiento Civil, declara INADMISIBLE, la Solicitud por Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por el Ciudadano ALEXANDER JOSE PERFETTI HALABI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-28.380.109, correo electrónico alexanderperfetti52@gmail.com, número telefónico 0412-4228243, de este domicilio, asistido por el Abogado ERNESTO LUIS AZOCAR PERDOMO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 254.532, correo electrónico maestroernesto1956@gmail.com, números telefónicos 0249-7932626 y 0414-5918903.
De conformidad con lo establecido en la Resolución N° 05-2020, de la Sala de C.....