Este despacho observa que los ciudadanos ADRIAN HURTADO, JONATHAN CASTILLO, JOSE HERNANDEZ, REGULO OLIVEROS, JUNIOR CHAVEZ, LUIS GONZALEZ, MICHAEL RODRIGUEZ y YOBERT GARCIA, no corrigió el libelo de la demanda incoada contra la sociedad de comercio REPLASTVAL, C.A., dentro del lapso de los dos (2) días hábiles indicados en el auto de fecha 11-05-11 (folio 35). En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.