REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 03 de Junio de 2011
201º y 152º

(Sentencia Interlocutoria)
PERENCIÓN DE INSTANCIA
POR NO SUBSANAR EL DESPACHO SANEADOR ORDENADO

ASUNTO: GP02-L-2008-000960.
PARTE ACTORA: ADRIAN HURTADO, JONATHAN CASTILLO, JOSE HERNANDEZ, REGULO OLIVEROS, JUNIOR CHAVEZ, LUIS GONZALEZ, MICHAEL RODRIGUEZ y YOBERT GARCIA.
PARTE DEMANDADA: REPLASTVAL, C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Visto la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano alguacil de fecha 30-05-2011, en la cual deja constancia de la notificación de la parte actora en el domicilio procesal señalado en el libelo de demanda, en atención al despacho saneador ordenando en fecha 11-05-11 (folio 35). Este despacho observa que los ciudadanos ADRIAN HURTADO, JONATHAN CASTILLO, JOSE HERNANDEZ, REGULO OLIVEROS, JUNIOR CHAVEZ, LUIS GONZALEZ, MICHAEL RODRIGUEZ y YOBERT GARCIA, no corrigió el libelo de la demanda incoada contra la sociedad de comercio REPLASTVAL, C.A., dentro del lapso de los dos (2) días hábiles indicados en el auto de fecha 11-05-11 (folio 35). En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA.
El Juez

Abg. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA.

EL Secretario
Abg. ___________________